La incapacitación como medida protectora
Cualquier abogado que tenga que asesorar a familiares de personas gravemente afectadas por discapacidades, que se manifiesten con dificultades para adoptar decisiones y/o riesgos, es muy probable que, en caso de adoptarlas por sí mismo, estas puedan perjudicar a la propia persona con discapacidad (discapacidades intelectuales, enfermedades mentales, demencias, secuelas de traumatismos craneales...). Les informará de que el derecho hace muchos siglos -ya lo preveían los romanos- ofrece una batería de soluciones que, de forma muy resumida, se basan en la declaración judicial de “incapacitación” en mayor o menor grado, y la atribución de facultades para decidir (tutor) o para condicionar la validez de decisiones (curador) a otra persona, normalmente un familiar o, eventualmente, cuando no hay apoyo familiar, a una institución.
Abogado, Fundació Tutelar de les Comarques Gironines