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Tarjeta acreditativa del grado de discapacidad

Tarjeta acreditativa del grado de discapacidad

La tarjeta acreditativa de la discapacidad tiene como finalidad dar testimonio y acreditar la condición de discapacidad de la persona titular. La tarjeta sustituye la resolución administrativa de reconocimiento del grado de discapacidad con la misma eficacia y los mismos efectos ante organismos públicos y privados. Siempre que las administraciones u organismos públicos lo consideren oportuno, podrán solicitar la presentación de la resolución de reconocimiento de grado de discapacidad. (DOGC 6080, Orden BSF/43/2012, de 27 de febrero).

La tarjeta es un documento público, personal e intransferible y se presentará acompañado del DNI o el NIE. Incluye los datos personales de la persona con discapacidad, su DNI o NIE en texto y formato Braille, así como el porcentaje de grado de discapacidad, la necesidad de tercera persona, el baremo de movilidad y la validez, que podrá ser definitiva o temporal .

Desde el 1 de abril de 2010 los titulares de la tarjeta pueden beneficiarse de ventajas en el ámbito de la cultura, la movilidad, el deporte, el ocio y el tiempo libre.

Obtención

Pueden solicitar la tarjeta acreditativa todas las personas residentes en Cataluña que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Para aquellas personas que por primera vez soliciten la valoración de situación de discapacidad, o bien para aquellas que soliciten una revisión de grado, la tarjeta se emitirá de oficio.

Para más información:

  • proyecto que busca voluntarios con discapacidad