Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
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Las personas con discapacidad y sus familias, en particular a aquellas que poseen un grado de discapacidad igual o superior al 65%, o las que, sin alcanzar este grado, necesitan la ayuda de terceras personas o tienen movilidad reducida, pueden beneficiarse de varias deducciones en la declaración de la Renta. Estas deducciones se publican de manera anual a través de la Agencia Tributaria estatal.
Requisitos:
- A los efectos del Impuesto sobre la Renta tienen la consideración de personas con discapacidad aquellos contribuyentes que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
- El grado de discapacidad deberá acreditarse mediante certificado o resolución expedido por la Secretaría de Inclusión Social y de Promoción de la Autonomía Personal (SISPAP) de la Generalitat de Cataluña.
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