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Certificado del Grado de dependencia

Certificado del Grado de dependencia

El certificado de dependencia va dirigido a las personas que se encuentren en situación de dependencia que quieran acceder a las prestaciones económicas y de servicios sociales reconocidas por la Ley de la dependencia.

Requisitos:

Residir en el territorio español y haberlo hecho al menos durante cinco años.
Dos de los cinco años de residencia en territorio español deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

Procedimiento de obtención

Llevar presencialmente la solicitud de reconocimiento de la dependencia al la Oficina de Dirección General de Protección Social o en las oficinas de Asuntos Sociales y Familias del territorio. Esta es derivada a los Servicios de valoración de la dependencia (SEVAD); veintitres equipos distribuidos por todo el territorio.

Una vez enviada la solicitud los siguientes pasos serán:

  • Entrevista personal
  • Elaboración del informe de valoración
  • Emisión de la resolución en que se determina el grado de dependencia y los servicios o prestaciones económicas que corresponden a la persona solicitante.

A partir de aquí serán los Servicios Sociales del ayuntamiento que corresponda que se pondrán en contacto con la persona solicitante para realizar el Programa Individual de Atención (PIA) que valorará qué tipo de prestación y ayuda económica será la más adecuada .

Grados de dependencia

  • Dependencia moderada
  • Dependencia severa
  • Gran dependencia.

Una vez reconocido el grado de dependencia éste se puede revisar si mejora o empeora la situación o bien si hay error de diagnóstico o error en la aplicación del baremo correspondiente.

Dirección: 
Passeig del Taulat, 266-270 08019 Barcelona
Teléfono: 
+34 93 483 10 00
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